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Suele afirmarse que «quien utiliza su derecho no hace daño a nadie», con fundamento en una pretendida regla romana. Sin embargo, desde hace siglos la sensibilidad de muchos juristas ha favorecido una contemplación matizada de la facultad de ejercitar los derechos subjetivos, pues su consagración absoluta e incondicionada puede dar origen a peligrosas tensiones entre el Orden Jurídico y el principio de Justicia, y supone una seria amenaza para la propia vida en sociedad. En este marco emergió uno de los principios más atractivos y que mayor controversia han suscitado en el seno de nuestro ordenamiento jurídico: la moderna teoría que prohíbe el abuso del derecho. Esta máxima es consagrada, con carácter general, en el artículo 7.2 del Código civil desde 1974, si bien la labor más importante es ahora ejercida por los juzgadores, quienes han de delimitar la línea divisoria entre las conductas abusivas y las que no lo son. Son ellos quienes dotan de un significado preciso, en cada supuesto de hecho, a los conceptos jurídicos indeterminados que colman el escenario de la teoría del abuso del derecho. Esta obra supone un intento de arrojar algo de luz sobre la materia y acerca de su evolución, así como de ofrecer una precisa orientación sobre la actual configuración jurisprudencial de este principio, cuyo vigor se ha intensificado en los últimos años.